En un contexto signado por el protagonismo ascendente de los actores económicos no estatales y la imperiosa necesidad de dinamizar los procesos burocráticos asociados a la actividad mercantil, la Gaceta Oficial de la República publicó este viernes un paquete de normativas legales destinadas a reordenar y modernizar el andamiaje jurídico del comercio interior cubano.
Las disposiciones, que abarcan los decretos 167 y 168, así como un grupo de resoluciones complementarias de carácter integral, fueron presentadas en detalle durante una conferencia de prensa encabezada por la titular del Ministerio del Comercio Interior (Mincin), Betsy Díaz Velázquez, quien estuvo acompañada por su equipo directivo y especialistas de las áreas jurídicas y de registro.
Durante el encuentro con la prensa, Aida González Bravo, directora de Mercadotecnia del Mincin, precisó que el decreto 167, titulado «Del Comercio Interior», emerge como un instrumento legal de primer orden que dota al organismo rector de las herramientas necesarias para la regulación, control y fomento de las actividades comerciales en todas sus modalidades y formatos.
La directiva enfatizó que esta norma se erige sobre pilares fundamentales como la transparencia administrativa, la sostenibilidad económica y la defensa irrenunciable del interés público, al tiempo que ratificó que la salvaguarda de los derechos del consumidor continúa siendo un eje transversal e impostergable para la institución y sus entidades subordinadas.
En el ámbito estrictamente operativo, el decreto 168 desarrolla el Reglamento del Registro Central Comercial, con un marcado acento en la incorporación y aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones como herramientas dinamizadoras de los procesos.
Arley Raymond Friol, responsable de dicho registro, explicó que su cumplimiento será de carácter obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que se encuentren facultadas para ejercer el comercio interior en el territorio nacional.
Friol detalló que la normativa establece con precisión qué debe entenderse por establecimiento comercial, instaura la figura de la declaración responsable como mecanismo ágil para el inicio de las operaciones, y dispone que aquellos recintos que no operen en moneda nacional deberán realizar el abono de sus licencias en divisas, en correspondencia con la política cambiaria vigente.
Asimismo, el texto legal incorpora un régimen sancionador de infracciones administrativas para quienes incurran en violaciones de lo estipulado, en total consonancia con el resto del ordenamiento jurídico cubano.
De igual manera, la resolución 23 establece un clasificador detallado de los establecimientos comerciales, agrupándolos según sus características intrínsecas, tipología y la naturaleza de los productos que comercializan, al tiempo que fija los requisitos técnicos y de infraestructura indispensables para el desempeño de las actividades.
En una línea complementaria, las resoluciones 25 y 195 definen las tarifas aplicables —tanto en moneda nacional como en divisas— por los servicios que presta el Registro Central Comercial, garantizando así la predictibilidad y transparencia en los costos asociados.
Por su parte, la resolución 15, denominada «Perfeccionamiento del Comercio Mayorista», posee un carácter derogatorio al dejar sin efecto un conjunto de normas precedentes, con el objetivo de depurar y simplificar el entramado legal existente.
En este punto, Yenisleydis Anazagate Traba, directora jurídica del Mincin, subrayó que la nueva regulación reduce y adecúa las clasificaciones previas, define con claridad meridiana los conceptos de red y cadena comercial, y concede un plazo perentorio de 90 días a los organismos centrales del Estado para que adecúen sus procedimientos internos a lo dispuesto en los nuevos textos.
Al intervenir en la conferencia, la ministra Betsy Díaz Velázquez recordó que esta actualización normativa responde al predominio cuantitativo de los actores económicos no estatales en el entramado comercial cubano y se inscribe dentro del paquete de transformaciones económicas y sociales impulsadas por el país para perfeccionar su modelo de gestión.
Díaz Velázquez destacó como ventajas concretas la simplificación sustancial del ordenamiento jurídico y la introducción de licencias integrales, que permitirán la realización de múltiples actividades comerciales en un mismo establecimiento, reduciendo así la fragmentación administrativa.
Asimismo, la titular del Mincin resaltó que el comercio electrónico se incorpora formalmente como una modalidad reconocida dentro de las actividades comerciales, respondiendo a las tendencias globales y a las demandas de la población.
En ese sentido, precisó que se mantiene la prioridad del empleo como objetivo estratégico, al tiempo que se exige el uso de canales de pago electrónicos como un requisito técnico y formal habilitante para operar, en aras de fomentar la bancarización y la trazabilidad financiera.
Con la entrada en vigor de estas normas, el Ministerio del Comercio Interior no solo aspira a poner al día el andamiaje legal vigente, sino también a reducir significativamente las dilaciones burocráticas y a responder con agilidad a una realidad económica donde los actores no estatales se han erigido en un pilar fundamental del sector, sin que ello implique descuidar la tutela del interés público y la protección irrestricta de los consumidores cubanos.
